A propósito de una reciente sentencia del TS que traslada a nuestro país la doctrina al respecto del TSJUE, D. Carrasco publica dos comentarios en Diario Médico. En el primer artículo se plantea que el derecho a la privacidad cedería ante el derecho a la información por interés público, según varios juristas, que apuntan que los tribunales deberán ponderar ambos derechos caso a caso. En el segundo trabajo, el mismo autor recoge la opinión de diversos expertos que explican en relación con el derecho al olvido que el profesional sanitario tiene derecho a reparar su honor e imagen pero con límites, de modo que el profesional puede rehacer su fama sin “construir un pasado digital a medida”.
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